Cuáles son tus derechos como cliente de una compañía aérea y como pasajero de avión?

Las graves consecuencias de una huelga decontroladores, trae a primer plano una cuestión que debemos de tener muy claro a la hora de emprender un viaje en avión: saber cuáles son tus derechos en el caso de encontrarte en el aeropuerto con problemas con tú vuelo.

¿Sabes qué hacer en caso de problemas con tu vuelo, como largos retrasos, cancelación o overbooking (sobreventa de las plazas disponibles)?

¿Hasta qué punto tienes derecho a reclamar?

En concreto, los problemas más habituales son el overbooking, el retraso o la cancelación de nuestro vuelo, o el cambio de clase de nuestro billete.

Debes saber que todas estas circunstancias están reguladas por un reglamento comunitario aprobado en el Parlamento Europeo en 2005, el cual fija las reglas comunes que han de cumplir todas las compañías aéreas en materia de indemnizaciones y atención a los pasajeros.

Como miembros de la Unión Europea, los derechos de los pasajeros en España están legislados por un reglamento europeo, el CE 261/2004.

En España es la Agencia Española de Seguridad Aérea, AESA, la encargada de informar a los pasajeros sobre sus derechos y sobre cómo reclamar.

En el año 2005 el Parlamento Europeo aprobó el Reglamento Comunitario 261/2004 que estableció normas comunes para todas las compañías aéreas de ámbito comunitario en materia de indemnizaciones y asistencia a los pasajeros en caso de denegación de embarque, cancelación o retraso de un vuelo.

El nuevo texto regula los derechos de los pasajeros y las obligaciones de las aerolíneas en cuatro supuestos:

Denegación de embarque por overbooking o sobreventa de billetes; cancelación del vuelo, retrasos, cambio de clase.

Esta reglamentación se aprobó, fundamentalmente, para acabar con una práctica abusiva por parte de las compañías aéreas conocida como overbooking, que no es ni más ni menos que vender un mayor número de billetes para un vuelo de las plazas que realmente tiene el avión.

En el caso de los incidentes ocurridos en los aeropuertos españoles desde el pasado viernes 3 de diciembre hasta hoy mismo, en el que sigue habiendo algún problema de reajuste de vuelos, tendríamos que valorar dos de estos apartados a la hora de reclamar nuestros derechos, el de cancelación de vuelos, en la ventan del día 3 al día 4, y retrasos y overbooking desde el día 4 en adelante.

Reglamento

Cancelación del vuelo:

¿Cuál es la diferencia entre retraso y cancelación?

El Reglamento define cancelación como la no realización de un vuelo programado y en el que había reservada al menos una plaza.

El Reglamento no ofrece ninguna definición sobre retraso ni el tiempo límite a partir del cual un gran retraso pueda considerarse una cancelación.

En general, un vuelo se puede considerar cancelado si cambia el número de vuelo para la misma ruta por la que el pasajero ha suscrito un contrato para un día y horario concretos.

Los pasajeros cuyo vuelo sea cancelado, tienen los siguientes derechos de acuerdo con el Reglamento (CE) 261/2004:

Derecho a información

El transportista aéreo que cancele un vuelo tiene la obligación de proporcionar a cada uno de los pasajeros afectados un impreso en el que indiquen las normas en materia de compensación y asistencia.

Si la compañía no le facilita el impreso, solicítelo.

Asimismo, la compañía aérea debe exponer en el mostrador de facturación, de forma claramente visible para los pasajeros, un anuncio con el siguiente texto:

En caso de denegación de embarque, cancelación o retraso de su vuelo superior a dos horas, solicite en el mostrador de facturación o en la puerta de embarque el texto en el que figuran sus derechos, especialmente en materia de compensación y asistencia.”

La compañía aérea deberá proporcionarle la información utilizando los medios alternativos adecuados en el caso de personas invidentes o con discapacidad visual.

Derecho a compensación

No existe derecho a compensación por parte de los pasajeros si el transportista encargado de efectuar el vuelo puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables.

De acuerdo con el Reglamento (CE) 261/2004 pueden considerarse circunstancias extraordinarias casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas que afecten a las operaciones de una compañía encargada de efectuar un vuelo.

También se considera que concurren circunstancias extraordinarias cuando las repercusiones de una decisión de gestión del tránsito aéreo (en relación con una aeronave determinada y en una fecha determinada) den lugar a un gran retraso, a un retraso de un día para el otro o a la cancelación de uno o más vuelos de la aeronave, aunque el transportista aéreo haya hecho todo lo posible por evitar dichos retraso o cancelaciones.

Derecho a reembolso o transporte alternativo

La cancelación del vuelo siempre conlleva el derecho a reembolso o al transporte alternativo.

Los pasajeros podrán elegir entre las siguientes 3 opciones que el transportista deberá ofrecer:

Reembolso en siete días del coste íntegro del billete en el precio al que se compró, correspondiente a la parte del viaje no efectuada o a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser.

Cuando proceda, además, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.

El reembolso podrá efectuarse en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios, o conducción hasta destino final en condiciones de transporte comparables lo más rápidamente posible, o conducción hasta destino final, en condiciones de transporte comparables, en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles.

En caso de que una ciudad o región disponga de varios aeropuertos, si el vuelo ofrecido por la compañía es a un aeropuerto distinto de aquel para el que se efectuó la reserva, el transportista debe correr con los gastos del transporte del pasajero desde ese segundo aeropuerto, bien hasta el aeropuerto para el que se efectuó la reserva o bien hasta otro lugar cercano convenido con el pasajero.

Derecho a atención

El transportista aéreo está obligado a ofrecer gratuitamente a los pasajeros afectados por la cancelación comida y refrescos suficientes, en función del tiempo que sea necesario esperar hasta la salida del vuelo alternativo ofrecido por la compañía aérea.

Asimismo, el transportista aéreo ofrecerá gratuitamente dos llamadas telefónicas, télex o mensajes de fax o correos electrónicos.

Si el transporte alternativo es como mínimo, al día siguiente de la salida programada del vuelo cancelado, o se hace necesaria una estancia adicional a la prevista por el pasajero, el transportista está obligado a ofrecer gratuitamente a los pasajeros alojamiento en un hotel y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.

La compañía aérea prestará atención especial a las necesidades de las personas con movilidad reducida y de sus acompañantes, así como las necesidades de los menores no acompañados.

En el caso que nos ocupa, y como afirmábamos más arriba, la compañía aérea se acogerá a circunstancias excepcionales para evitar las compensaciones económicas establecidas en el Reglamento, aunque no puede negarse, en ningún caso, a solucionar el transporte en fecha posterior y en hacerse cargo de sus pasajeros durante las horas que dure la cancelación del vuelo.

Facua,  ha realizado una guía para saber cómo actuar en casos como éste.

Sigue el link para conocer el procedimiento.

Guía

Nuestro único objetivo aquí es brindar orientación a los viajeros.

Viajar es un arte que amerita preparación y planificación.

Salir de casa es algo serio, y si usted lleva niños o personas discapacitadas, es conveniente que haga los arreglos pertinentes, no deje ni permita que nada quede al azar.

Cada cosa implica unos requisitos y unos trámites, dependiendo del país de destino al que pretenda llegar, hay que pensar bien cada cosa y anticiparse a lo que pueda suceder.

Nuestro blog solo pretende orientación para el viajero y en ese sentido solo queremos integrar para su conocimiento los datos básicos para que usted viaje cómodamente y sin que se vea atafagado por imprevistos que usted no había tenido en cuenta.

Viajar con niños representa retos especiales, porque rompe con la rutina familiar e impone nuevas exigencias.

Planear con anticipación e involucrar a los niños en la planeación puede reducir el estrés del viaje.

Recomendaciones

Antes de partir, hable con el médico.

Con frecuencia, los niños tienen inquietudes médicas especiales.

El médico también puede aconsejar sobre las medicinas que se podrían necesitar si el niño se enferma.

Conozca las dosis de los medicamentos comunes para los resfriados, reacciones alérgicas o gripe.

Aviones, trenes, buses :

Lleve consigo refrigerios y alimentos conocidos.

Esto sirve de ayuda cuando se retrasan las comidas o cuando las comidas disponibles no satisfacen los requerimientos del niño.

Las galletas pequeñas, los cereales sin azúcar y el queso son buenos refrigerios.

Algunos niños pueden comer fruta sin problema.

Los bizcochos y los cereales azucarados sirven para niños más renuentes a comer.

Lleve leche maternizada premezclada para los bebés.

En los aviones, las azafatas pueden ayudar a calentarla.

Los tarros pequeños de comida para bebé son fáciles de llevar, ya que producen pocos desechos y se pueden botar con facilidad.

A menos que se esté seguro de poder limpiar los utensilios, es mejor utilizar desechables.

Las comidas de las aerolíneas pueden no ser atractivas para todos los niños.

Muchas aerolíneas ofrecen comidas especiales, como fruta y queso, si usted las solicita al menos con uno o dos días de anticipación.

Beba abundante agua, ya que viajar por avión tiende a deshidratar a las personas.

Las mujeres que están amamantando necesitan consumir más líquidos.

Los niños con frecuencia tienen problemas con los cambios de presión al aterrizar o despegar.

El hecho de masticar goma de mascar sin azúcar al despegar y aterrizar ayuda a igualar la presión en el oído.

La mayoría de los niños puede aprender a hacer esto alrededor de los 3 años.

El uso de biberones (para los bebés), las bebidas y el uso de chupetes pueden igualmente ayudar a prevenir el dolor de oído.

Cenar fuera :

Trate de conservar el horario normal de comida y de sueño.

Solicite que le sirvan primero al niño (ensaye dándole un bocadillo del menú o algo para comer mientras tanto).

Algunos restaurantes pueden preparar comidas especiales para niños, si se les avisa con anticipación.

* Estimule a los niños a comer normalmente, pero tenga en cuenta que una dieta «deficiente» durante unos cuantos días no les causará daño.

* Controle si la comida es segura. (Ver diarrea del viajero para obtener información sobre E. coli y giardiasis.)

Otras ayudas :

Muchas agencias y clubes de viajes ofrecen sugerencias para viajar con niños.

Hable con ellos.

No olvide solicitar asesoría y asistencia a las compañías de buses, de trenes o aerolíneas, al igual que en los hoteles.

Para viajes al extranjero, consulte con las embajadas u oficinas de consulados.

Muchas guías de viaje tienen listas de organizaciones que ayudan a los viajeros.

Su opinión es valiosa y sus aportes son importantes para nosotros, esperamos que este blog le sea de alguna utilidad.

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